Modificación del artículo 3 de los criterios para el establecimiento de unidades de producción industrial y minera
Con el fin de facilitar el proceso de licenciamiento de las unidades productivas, con el seguimiento del Ministerio de Industria y el apoyo de la Junta de Desregulación y Mejoramiento del Ambiente Empresarial, la Organización de Protección Ambiental se vio obligada a modificar el artículo 3 de las normas de establecimiento. Unidades de producción industrial y minera.
Según la Exposición Internacional de Piedra de Irán, el Viceministro de Planificación y Planificación anunció en un comunicado y con base en las aprobaciones de la cuadragésima séptima reunión de la Junta de Desregulación y Mejoramiento del Ambiente Empresarial: Producción y minería en la fase de asentamiento dentro de los asentamientos y áreas industriales que han sido zonificados y clasificados bajo la supervisión de la Organización de Protección Ambiental, no requieren una consulta de esta organización.
De acuerdo con la enmienda asignada a la Agencia de Protección Ambiental, el Ministerio del Silencio está obligado a consultar a la Agencia de Protección Ambiental sobre los productos que no hayan sido clasificados, y dicha organización, luego de clasificar el producto, dará respuesta a la consulta correspondiente.
Cabe mencionar que la notificación fue enviada y comunicada a las organizaciones de industria, minería y comercio de todo el país ayer por el Viceministro de Planificación y Silencio.
También se recuerda que el Ministerio de Industria, Minas y Comercio, como uno de los custodios en el campo de la producción, para cumplir con sus responsabilidades, ha puesto más en serio la realización del lema "producción, apoyo y disrupción" en el y en este sentido ha presentado una propuesta de paquete en tres niveles del Ministerio, el Gobierno y la Asamblea Consultiva Islámica, que ha mejorado el entorno empresarial es uno de los principales temas de este paquete.